jueves, 29 de mayo de 2008

LA NUEVA CRIMINOLOGIA INTRODUCCIÓN

Desde los albores de la humanidad, paralelamente a la sedentarización de la especie humana, siguiendo su tendencia natural, en sus diferentes etapas biológicas, a asociarse, se fueron creando comunidades cada vez más grandes y jerarquizadas, producto del desarrollo de la agricultura y la domesticación de especies animales, paralelamente en el seno de la comunidades y entre vecinos se producen conflictos que no estaban en contra de la dialéctica del desarrollo humano, sino que, todo lo contrario, funcionaban como motor de ajustes sociales, hay teorías que sostiene que el conflicto es precisamente la forma como se dinamiza la historia.

Se han planteado teorías que sostienen que el conflicto, estructuralmente, es un proceso de enfrentamiento entre dos o más partes ocasionado por un choque de intereses, valores, acciones o direcciones considerado un “proceso interactivo”. No significa necesariamente violencia, en contexto determinado puede haber conflictos sin violencia, aunque no violencia sin conflicto. El conflicto es una fuerza motivacional que lleva al cambio. De acuerdo con la forma como se resuelva, puede llevar al crecimiento o al aniquilamiento. El conflicto y el cambio son inseparables. Sin procesos de cambio el hombre, la sociedad sería incapaz de crecer, desarrollarse, tener nuevas ideas. .

Muchas fueron las manifestaciones de esos conflictos, tanto a nivel colectivo como a nivel individual, que en su lógica dialéctica producían agravios y ofensas que afectaban a individuos o a la comunidad y que fueron siendo consideradas intolerables por el conglomerado humano; la criminalización de algunas de estas conductas de parte de quienes se apropiaron del poder de criminalizar fue la tónica , no siempre por la cantidad de peligro que esas desviaciones representaban para la sociedad, cuanto por la afectación que podrían ocasionar a los intereses del poder constituido. En la remota historia los conflictos se resolvían entre los protagonistas sin otras intervenciones, correspondía al agraviado tazar el agravio y decidir si castigaba o no y hasta dónde debía llegar el castigo sin que existiera límite alguno, con el crecimiento de los grupos humanos los efectos de estos conflictos involucraban a toda la comunidad y ésta reaccionó, llegando a la intervención, apropiándose del derecho de castigar para evitar que las retaliaciones de los agraviados perjudiquen a todo el grupo social, o ponga en peligro los intereses de los sectores dominantes.

El aparecimiento de las sociedades estaduales, consecuencia de las jerarquías impuestas por los poderes religiosos y militares, que administraban el patrimonio de la comunidad como suyo propio y que, pasando por la apropiación de ese patrimonio colectivo, que dio nacimiento a la propiedad privada, al proceso de acumulación de bienes, con la consecuente necesidad de tutelaje que este hecho implicaba, fenómeno que dio origen a los mas elementales ordenamientos jurídicos. Se ha dicho que el primer rey seria aquel guerrero victoriosos que, perdonándole la vida a los vencidos, los sojuzgó convirtiéndolos en esclavos Aparecían, entonces, las primeras divisiones sociales conflictivas en la naciente sociedad, primero entre triunfadores y vencidos, entre esclavos y patricios, luego entre propietarios y desposeídos.

Para el mantenimiento del estatus se dictaron normas y se crearon instituciones; donde quiera que aparecen grupos humanos encontramos siempre una organización jurídica así sea elemental, para defender la normativa y la institucionalidad se crearon tribunales que también requerían poder para ejecutar lo que resolvían, todo lo que no se ajustaba al modelo impuesto pasaba ha ser considerado una desviación, las desviaciones se penalizaban y se convertían en delito, en crimen.

La rebeldía del ser humano ha someterse al orden normativo impuesto, que atropellaba su derecho originario a disponer de lo necesario para su subsistencia, tomándolo de la naturaleza , imposición nacida de quienes, por la fuerza, se habían apropiado, y acumulado en su beneficio, de los recursos que les proveían alimento, calor, vestido, cobijo y que de repente resultó que estos bienes tenían un dueño que les exigía tributo hasta por vivir, esta rebeldía se manifestaba, desde los albores de la humanidad, en el irrespeto a la norma e institucionalidad que imponía el poder constituido. Según Proudhon el Derecho y el Estado solo sirven para perturbar el orden natural que imperaba entre los hombres. Aunque siempre se ha tratado de negarle precisión científica a las afirmaciones que atribuyen a la fuerza y al poder el origen del Derecho nunca será suficientemente debatida esa tesis, invariablemente, en sentido genético, las deducciones nos llevan a esa convicción, por que el débil siempre sucumbe sojuzgado y aniquilado por el mas fuerte, esa ha sido la historia de la humanidad y sobre esa historia se levantaron las bases del estado moderno.

El derecho del más fuerte ha sido defendido por diferentes escritores y filósofos: Sócrates, Aristóteles, Santo Thomas Spinosa. Von Haller, Kan, Hegel, Nitche, etc. El desafió se presenta al tratar de dulcificar el antagonismo entre derecho y poder.

El inconformismo, de manera general podía ser identificado como forma de desviación de conducta, el mismo que al aplicarle una tecnología jurídica o sociológica se convertía en delincuencia.

La rebeldía orientada y canalizada debidamente daba al traste con la dominación del poder abusivo y daba forma a sistemas de gobierno mas justos, era y ha sido considerada revolucionaria; podemos tomar como ejemplo la Toma de la Bastilla en 1789, con el correspondiente asesinato del Gobernador y el Alcalde de Paris, detonante de la revolución francesa, en la sociedad moderna se expresa a través de la huelga, el paro y otras manifestaciones; La rebeldía espontánea anárquica sin orientación traducida en irrespeto a la norma y la institucionalidad, que atenta contra la convención social, que no respeta el estatus impuesto por ese proceso de apropiación y acumulación de esa riqueza originada en la naturaleza o en el esfuerzo humano, ha sido considerada una desviación que, penalizada por quienes tienen poder criminalizador, es delito, crimen y ha constituido motivo de preocupación de la especie humana que, por siempre, se ha dedicado a mitigar sus efectos, reaccionando ante los hechos ya sea sancionando o previniendo. En dónde entonces acaba la legítima oposición en contra de los abusadores del poder?, dónde termina la lucha por las reivindicaciones de las derechos fundamentales y dónde comienza la violencia, el atentado, la desviación, el crimen? Quién marca la diferencia entre rebelde y delincuente? Nunca ha sido posible circunscribir un lindero entre estas posturas por que, dependiendo de la forma como se resuelva un conflicto, puede llevar a convertir a un individuo en héroe o villano, aún que trate de un mismo acto que en unas veces se legitima y en otras se criminaliza. Es aquí donde actúan los medios de control social, el poder criminalizador del estado, empeñados en mantener los privilegios de la clase en el poder.

Aquí nace también, desde el alba, la preocupación de la humanidad para poder explicar las razones de las desviaciones de la conducta humana, para poder evitar o prevenir sus efectos o sencillamente para castigar a sus autores. Ilustres pensadores de todos los tiempos se han tenido que pronunciar al respecto del delito, los delincuentes y la reacción de la sociedad frente a ellos; los antiguos, Pitágoras, Sócrates, Platón, Aristóteles, y camino a la modernidad pasando por Tomas de Aquino, todos ellos apologistas del castigo sin límites, hasta llegar a Cesare Bonasena Márquez de Beccaria (1764) donde termina la etapa precientífica y se sientan las bases científicas para el derecho penal del que luego se desprenderá con plena independencia la criminología, la primera como ciencia del deber ser y la otra como ciencia del ser. Los escritos de Beccaria planteaban que debería haber una escala de gravedad del crimen que sea correspondiente a la escala de gravedad de las sanciones dando inicio a un periodo de humanización del castigo.

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